Sistema de identificación única de producto sanitario

Fernando

Sistema de identificación única de producto sanitario

El sistema de Identificación Única de producto sanitario permitirá la identificación única de producto, facilitando la trazabilidad de los productos que no sean a medida ni de investigación. Constará de lo siguiente:

1. Creación de un identificador único de producto con los elementos siguientes:

  • Identificador de producto específico para cada fabricante y un producto.
  • Identificador de producción que identifica la unidad de producción del producto.

2. Colocación del Identificador en el etiquetado o el embalaje (UDI).

3. Almacenamiento del código por los diferentes agentes económicos y todos los profesionales implicados.

4. Creación de un sistema electrónico de identificación único, de conformidad con lo previsto en el Reglamento europeo 745/2017.

Una vez creado todo lo anterior, la Comisión debe designar tantas entidades como sean necesarias que gestionen el sistema. Cumplirán los requisitos siguientes:

  • Que tenga personalidad jurídica.
  • Que su sistema sea adecuado para identificar el producto en toda su cadena de distribución y uso.
  • El sistema se ajuste a las normas internacionales pertinentes.
  • Que preste acceso a todos los usuarios interesados, con base en la transparencia y unas condiciones preestablecidas.
  • Que la entidad se comprometa a:
    • A explotar el sistema de designación UDI durante al menos 10 años.
    • Poner a disposición de los Estados Miembros y la Comisión, cuando lo soliciten, la información del sistema UDI.
    • Seguir cumpliendo los criterios y condiciones de designación.

5.  Antes de introducir en el mercado producto sanitario, la empresa responsable se comprometerá a asignar un UDI creado de acuerdo con las normas de las entidades designadas (llamadas emisoras).

En la publicación siguiente seguiremos abordando las características y propiedades que habrá de tener el sistema de Identificación único de producto con la entrada total en vigor del Reglamento de producto sanitario.

Cualquier consulta o comentario, por favor no dudéis en contactarnos: info@productosanitario.es | www.productosanitario.es

Artículos relacionados

Verificación y validación: dos conceptos que no deben confundirse

En el desarrollo de un producto sanitario, los términos verificación y validación se usan...

Leer más >

Reino Unido reconocerá indefinidamente el marcado CE de producto sanitario: ¿qué cambia para los fabricantes?

El gobierno británico ha confirmado, el 21 de octubre de 2026, su decisión de...

Leer más >

Literatura científica: ¿Cuántos artículos son suficientes para un CER?

Una de las dudas habituales al elaborar un Clinical Evaluation Report (CER) es cuántos...

Leer más >

¿Qué relación debe existir entre los beneficios clínicos y los riesgos identificados?

Para demostrar la conformidad de un producto sanitario con el Reglamento (UE) 2017/745 (MDR),...

Leer más >

Consultoría de producto sanitario
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.